URGENTE: Nuevo plazo de reconocimiento de deuda
En estos días se ha publicado el REAL DECRETO 8/2013, de 28 de junio, de Medidas Urgentes contra la morosidad de las Administraciones Publicas.
Este decreto contempla nuevas medidas para pagar las deudas que se tengan pendientes con Ayuntamiento, Comunidades Autónomas y entes públicos dependientes de ellas (Fundaciones, Agencias…)
Es un nuevo procedimiento, por lo tanto si no nos pagaron deudas que se habían contemplado en el plan del pasado año hay que volverlas a solicitarlas en éste. Se incluyen facturas emitidas (por servicios ya prestados) e impagadas, hasta el 31 de mayo de 2013.
Este procedimiento de pago no es para todas las deudas pendientes, solo para las que las entidades incluyan en su plan de pagos.
1. PROCEDIMIENTO PARA LOS CASOS EN LOS CUALES NUESTRA DEUDAS ESTÉN INCLUIDAS EN LOS LISTADOS DE PAGOS
Este decreto contempla un doble procedimiento para solicitar el cobro,
- Telemáticamente en una página de la Agencia Tributaria
- Personalmente por medio de proceder a la presentación de un documento en la institución que nos debe el dinero.
- GESTIÓN TELEMÁTICA.
El primer paso será: LA COMPROBACIÓN DE LA INCLUSIÓN EN LA RELACIÓN CERTIFICADA y CONSULTA DE FACTURAS INCLUIDAS EN LA RELACIÓN CERTIFICADA.







